Actualidad
Alerta campaña fraudulenta de correos electrónicos

El Instituto Nacional de Ciberseguridad, a través de su página web oficial, está advirtiendo de una campaña fraudulenta de correos electrónicos que suplanta la identidad de “Mi Carpeta Ciudadana”, un servicio digital del Gobierno de España que te permite ver y gestionar toda tu información y trámites administrativos en un solo lugar.
Mi Carpeta Ciudadana no está enviando notificaciones a los ciudadanos para recibir un ingreso de 552,97€
El correo simula una notificación oficial para comunicar al usuario que “se ha generado a su favor un ingreso por importe de 552,97€”.
De este estilo:
Este fraude lo que busca realmente es recopilar información personal y bancaria de los usuarios que han recibido dicha notificación.
Si has recibido la notificación y no has accedido al enlace, te agradecemos que lo reportes al buzón del Instituto Nacional de Ciberseguridad de incidentes, tu colaboración puede ayudarnos a identificar nuevas campañas y proteger a otros usuarios. Además, te recomendamos bloquear al remitente y eliminar la notificación.
Recuerda que siempre puedes llamar al número de Ayuda en Ciberseguridad, 017 si tienes dudas.
En el caso de que hayas accedido al enlace y proporcionado tus datos personales y/o bancarios, sigue estos pasos cuanto antes:
• Contacta lo antes posible con tu entidad bancaria para informar de lo sucedido.
• Guarda todas las capturas y evidencias posibles. Para darles mayor validez, puedes utilizar el servicio de testigos online.
• Presenta una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, apoyándote para ello en las evidencias que has recopilado del fraude.
• Realiza egosurfing periódicamente para comprobar si tus datos personales se han visto filtrados en la Red y están siendo utilizados sin tu consentimiento.
SE RECUERDA que para cualquier gestión en un organismo público necesitarás identificarte con el DNI electrónico, el certificado digital o el sistema Cl@ve. En caso de que accedas a una supuesta web oficial de la administración pública y no te soliciten dicha identificación para la realización de gestiones, es posible que estés accediendo a un sitio fraudulento.
Actualidad
Ayuntamiento Madrid: concesión de subvenciones dirigidas al fomento de la industria y servicios conexos a la industria de la ciudad de Madrid para la anualidad 2026

El Ayuntamiento de Madrid abre el plazo de presentación de solicitudes para ayudas para pymes que mejoren la eficiencia energética, renovables, iluminación y climatización eficiente, entre otras actuaciones.
Ayuntamiento de Madrid: Convocatoria publicada en el BOCM nº 67 (20/03/2026) y bases en el BOAM nº 10090 (20/03/2026)
Del 23/03/2026 hasta 21/04/2026, ambos incluidos
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden solicitar estas ayudas las pymes industriales o servindustriales con domicilio fiscal y centro productivo en Madrid, con actividad industrial incluida en CNAE permitido para cada una de las líneas de ayuda, que cumplan requisitos legales y estén al corriente de obligaciones.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Digitalización: e-commerce, ERP, CRM, BI, IA, ciberseguridad.
• Producción sostenible: eficiencia energética, renovables, iluminación, climatización eficiente.
• Mejora productiva Industria 4.0: maquinaria productiva, robótica, software ligado a producción.
• I+D+i Prototipos: desarrollo de prototipos físicos, moldes, ensayos, homologaciones.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Entre el 50% y el 100% de la inversión según línea y tamaño de empresa.
Límites:
• Digitalización 10.000 €,
• Producción sostenible 20.000 €,
• Mejora productiva 60.000 €,
• I+D+i 40.000 €.
¿Cuál es el procedimiento de concesión?
Hasta agotar fondos o hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Concesión de ayudas por procedimiento simplificado de concurrencia competitiva (por orden de registro).
Presupuesto total destinado
2.850.000 € + 1.150.000 € adicionales condicionados.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
Del 23/03/2026 hasta 21/04/2026, ambos incluidos.
¿Cuál es el plazo para ejecutar las actuaciones?
Serán subvencionables las inversiones realizadas por los beneficiarios desde el 1 de mayo del año 2025 hasta el 30 de abril del año 2026.
¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?
Hasta el 15 de septiembre de 2026.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
• Página web del Ayuntamiento de Madrid
• Bases de la convocatoria publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid
• Hacienda
• Extracto de la convocatoria pública en el Boletín de la Comunidad de Madrid
• Descarga de las Bases reguladoras
Actualidad
Plan de Ayudas del Ayuntamiento Madrid cambia 360: 7 Líneas de Actuación: puntos de recarga en aparcamientos, sustitución de calderas de gasóleo en comunidades y otras para vehículos particulares, micro-movilidad, distribución de mercancías, taxis y achatarramiento de autobuses

El Ayuntamiento de Madrid activa una nueva edición de las Ayudas Cambia 360 para fomentar la movilidad sostenible y la eficiencia energética, con siete líneas de subvención que abarcan desde la renovación de vehículos particulares y de taxi hasta la sustitución de calderas, pasando por la distribución urbana de mercancías, las infraestructuras de recarga eléctrica, la micromovilidad y el achatarramiento de autobuses. Tres de las líneas han sido aprobadas por la Junta de Gobierno, mientras que las otras cuatro se articulan mediante decretos. El crédito total disponible asciende a 23,3 millones de euros.
Ayuntamiento de Madrid - Convocatorias publicadas en el BOCM nº 66 (19/03/2026) y en el BOAM nº 10.089 (19/03/2026)
Renovación de instalaciones térmicas de gasóleo con tecnologías menos contaminantes. Instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos.
A continuación, resumimos la información más relevante centrándonos en lo que afecta a edificios, viviendas y garajes:
• Renovación de instalaciones térmicas de gasóleo con tecnologías menos contaminantes.
• La instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
• Instalaciones térmicas (calderas de gasóleo): comunidades de propietarios con dos o más viviendas; personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes propietarias o arrendatarias de fincas con dos o más viviendas o edificios de viviendas, y edificios del sector terciario.
• Infraestructura de recarga en garajes: titulares de concesiones de aparcamientos PAR y comunidades de propietarios con garajes colectivos.
¿Quién debe formular la solicitud de ayuda?
• Instalaciones térmicas (calderas de gasóleo): Los interesados podrán presentar su solicitud a través de una empresa instaladora adherida, gestionar la solicitud directamente o bien a través de un representante legal.
• Infraestructura de recarga en garajes: directamente de manera electrónica.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Sustitución de calderas de gasóleo por sistemas térmicos menos contaminantes en edificios residenciales y terciarios.
• Instalación o preinstalación de infraestructura de recarga en aparcamientos PAR municipal y garajes comunitarios privados.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
• Instalaciones térmicas: Se concederán ayudas de hasta un límite de 5.000 euros por vivienda en comunidades de propietarios para sistemas de climatización híbridos y renovables. Cuando sea para uso terciario, la subvención llegará hasta el 35 % del coste.
• Infraestructura de recarga: 90% del coste subvencionable en PAR y 65% en garajes comunitarios.
¿Cuál es el procedimiento de concesión?
Hasta agotar fondos o hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Concesión de ayudas por procedimiento simplificado de concurrencia competitiva (por orden de registro).
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el 90% del coste de la actuación, IVA excluido.
Para la infraestructura de recarga de vehículos, los solicitantes que desarrollen una actividad económica estarán sujetos a los límites establecidos en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimos.
Imagen tomada de la página web del Ayuntamiento de Madrid
Presupuesto total destinado
• Instalaciones térmicas: 1.800.000 €, ampliables en 900.000 €.
• Infraestructura de recarga: 1.000.000 €, ampliables a 2.000.000 €.
¿Cuál es el plazo para ejecutar las actuaciones?
• Instalaciones térmicas: Realizar la renovación en el período subvencionable comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
• Infraestructura de recarga: finalización de la ejecución de las actuaciones dentro de los nueve siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria.
¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?
• Instalaciones térmicas: hasta el 1 de febrero de 2027.
• Infraestructura de recarga: en un plazo: máximo de tres meses desde la conclusión del plazo para la finalización de la ejecución.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
• Instalaciones térmicas: del 20 de abril al 13 de noviembre de 2026.
• Infraestructura de recarga: del 20 de abril al 20 de mayo de 2026.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Página web del Ayuntamiento de Madrid
Madrid360
Bases de las convocatorias del Ayuntamiento de Madrid:
• bases de la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes: Infosubvenciones / Calderas y clima
• bases de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos
Boletín de la Comunidad de Madrid:
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones para el achatarramiento de autobuses y autocares de transporte público discrecional o transporte privado complementario
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la ciudad de Madrid
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos
• extracto de la convocatoria pública de subvención para la adquisición de vehículos autotaxi adaptados (eurotaxi)
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes
• extracto de la convocatoria pública de subvenciones para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de vehículos particulares
Descarga de las Bases reguladoras:
• convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes
• convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos
AYUDA Y SUBVENCIONES
Ámbito: Municipal
| AYUDA | BENEFICIARIOS | DESCRIPCIÓN | PLAZO | SOLICITUDES |
| AYTO. ALCORCÓN Mejora de condiciones de habitabilidad vivienda de mayores y/o con discapacidad | Empadronados en el municipio que cumplan los requisitos de renta, grados de discapacidad y mayores de 65 años según convocatoria. | Adaptación y pequeñas reformas en la vivienda habitual para eliminar obstáculos de barreras aquitectónicas y mejora de la movilidad interior. | Del 20/03/2026 al 19/05/2026 | POR EL INTERESADO De forma telemática. Régimen de concurrencia competitiva (con baremación). |
| AYTO. ALCORCÓN Instalaciones fotovoltaica, aerotermica y vehículo eléctrico | Personas físicas empadronadas en Alcorcón. Autónomo o microempresas con actividad económica dada de alta en el municipio. | Ayudas a instalaciones de fotovoltaica y sustitución de climatización y ACS por aerotermia en edificios de uso residencial y de equipamiento dotacional y/o deportivo; instalaciones de fotovoltaica de comunidades energéticas locales y compra de vehículo eléctrico. | Del 28/02/2026 al 31/07/2026 | POR EL INTERESADO. Régimen de pública concurrencia. Por orden registro. |
| AYTO. ALCALÁ DE HENARES Promoción de la autonomía personal | Empadronados en el municipio que cumplan los requisitos de renta, grados o situaciones de discapacidad o dependencia y mayores de 75 años según convocatoria. | -Adaptación de la vivienda habitual para eliminar obstáculos a la movilidad, comunicación y relación con el entorno. -Adquisición de productos de apoyo para actividades doméstica, cuidado, protección personal y movilidad. |
Del 13/03/2026 al 31/07/2026 | POR EL INTERESADO De forma telemática. Régimen de concurrencia competitiva (con baremación). |
| AYTO. TORREJÓN DE ARDOZ Adaptacion de viviendas usuarias de centros de día 2026 | Personas físicas empadronadas en el municipio y usuarias de centros de día de proximidad. Propietario, arrendatario, usufructurario que fomre parte de la unidad familiar de la persona física anterior. | -Instalacion de placas solares y acumuladores de energía -Rampas de acceso, slava-escaleras o similares -Barreras abatibles asideros, adaptacion de baños que favorezcan aceesibilidad autonomía interior |
Del 13/02/2026 al 17/04/2026 | POR EL INTERESADO. Régimen de pública concurrencia. |
| AYTO. GETAFE Mejora eficiencia energética de comercios y hostelería | Autónomo, Micropymes, Galerías comerciales, con domicilio fiscal en el municipio. Superficie local destinado a uso mayor 200 m2. | Adecuación reglamento Verifactu Mejora Eficiencia Energética Accesibilidad en galerías Adaptación normativa vigente instalaciones generales Otros |
Del 29/01/2026 al 30/06/2026 | POR EL INTERESADO. Régimen de concurrencia competitiva (por fecha registro). |
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Alcorcón: Mejora de las condiciones de habitabilidad 2026

El Ayuntamiento de Alcorcón convoca ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda de personas mayores y/o con discapacidad para el año 2026.
Ayuntamiento de Alcorcón- Convocatoria publicada en el BOCM nº 67 (20/03/2026)
Apertura de presentación de solicitudes el 20/03/2026 y cierre del plazo el 19/05/2026
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
• Personas físicas con grados de discapacidad igual o superior al 65% y afectados de movilidad reducida
• Personas físicas mayor de 65 años
Deberán cumplir determinados requisitos que se definen en la convocatoria cuyo enlace se encuentra al pie del artículo. Entre otros deberán cumplir:
• Estar empadronado en la vivienda ubicada en el municipio de Alcalá de Henares para la que se solicita ayuda.
• La persona solicitante, o uno de los miembros de la unidad convivencial deberá ser el propietario / copropietario de la vivienda o ser arrendatario al menos en los últimos 10 años.
• Cumplir determinados requisitos económicos
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Adaptaciones funcionales de la vivienda y pequeñas reformas que no supongan una mejora sustancial de la vivienda, para eliminación de barreras arquitectónicas y mejora de la movilidad y seguridad interior, tales como:
• Sustitución de bañera por plato de ducha.
• Instalación de agarradores, barandillas y ayudas técnicas.
• Sustitución de grifos por monomandos.
• Adaptación de baño geriátrico.
• Sustitución de calentadores o cocinas de gas por eléctricos.
• Mejoras higiénico-sanitarias básicas.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Hasta un máximo de 1.500,00 € ampliable a 2.200,00 € en casos de situaciones especiales que requieran mayor inversión.
Hasta agotar fondos. (40.000 €)
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva
La ayuda no podrá superar el costo real de la actuación
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Se deberá realizar la obra o la adquisición de la/s ayudas técnicas y proceder a justificar en el plazo máximo de tres meses naturales desde la concesión y cobro de la ayuda.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid es de 60 días naturales.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Boletín de la Comunidad de Madrid: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/20/BOCM-20260320-53.PDF
Bases reguladoras: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/892610/document/1416436
FINANCIACIÓN PARA LAS OBRAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
Aprobación de una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.
1. Con objeto de proporcionar cobertura financiera parcial para hacer frente a los gastos necesarios para llevar a cabo obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de los edificios de vivienda, se autoriza al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para que, mediante convenio con el Instituto de Crédito Oficial, por un plazo de hasta veinte años, se desarrolle una línea de avales que ofrezcan cobertura parcial del Estado, para que las entidades de crédito puedan ofrecer financiación, en forma de préstamo con un plazo de devolución de hasta quince años.
Estos avales se ofrecen desde las entidades financieras en forma de préstamo con un plazo de devolución de hasta 15 años.
Programa ICO Vivienda y regeneración urbana y rural
Texto informativo ICO
La Oficina ha firmado un Convenio de Colaboración con la Entidad Bancaria: SABADELL
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Alcalá de Henares: Promoción de la autonomía personal 2026

El Ayuntamiento de Alcalá de Henares convoca ayudas para promover la autonomía personal en las personas mayores, dependientes y/o con discapacidad, año 2026. Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Convocatoria publicada en el BOCM nº 60 (12/03/2026)
Apertura de presentación de solicitudes el 13/03/2026 y cierre del plazo el 31/07/2026
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
• Personas físicas con grado de dependencia reconocido.
• Personas físicas con grados de discapacidad igual o superior al 65%
• Personas físicas mayor de 75 años
Deberán cumplir determinados requisitos que se definen en la convocatoria cuyo enlace se encuentra al pie del artículo. Entre otros deberán cumplir:
• Estar empadronado en la vivienda ubicada en el municipio de Alcalá de Henares para la que se solicita ayuda, con al menos 12 meses de antelación a la solicitud de ayuda.
• La persona solicitante, o uno de los miembros de la unidad convivencial (hasta 1º grado de consanguinidad deberá ser el propietario / copropietario de la vivienda o ser arrendatario.
• Cumplir determinados requisitos económicos
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Adaptación de la vivienda habitual con carácter definitivo siempre que eliminen obstáculos a la movilidad, comunicación y relación con el entorno.
• Adquisición de productos de apoyo para actividades domésticas, cuidado y protección personal, movilidad y para comunicación y seguridad de las personas beneficiarias
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Para adaptación de la vivienda hasta un máximo de 2.000,00 €
Para ayudas técnicas hasta un máximo de 1.000,00 €
La cuantía corresponderá a la aplicación del % de ayuda hasta el máximo anteriormente indicado según baremación:
Hasta agotar fondos (65.000 €).
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva – canónica (con baremación)
Las subvenciones son compatibles con cualquiera otra ayuda de otras Administraciones para la misma finalidad.
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 31 de julio de 2026 desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Convocatoria
Bases reguladoras
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Tres Cantos: Promoción de la accesibilidad y sustitución de bañeras por platos de ducha en edificación residencial

El Ayuntamiento de Tres Cantos convoca subvención para actuaciones cuya finalidad sea la promoción de la accesibilidad, la eliminación de barreras arquitectónicas y la sustitución de bañeras por platos de ducha, en viviendas de la zona residencial del municipio.
Apertura de presentación de solicitudes el 07/03/2026 y cierre del plazo el 20/03/2026
Ayuntamiento de Tres Cantos - Convocatoria publicada en el BOCM nº 55 (06/03/2026)
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas:
• Propietarios, usufructuarios de edificios sitos en Tres Cantos.
• Comunidad de Propietarios o comunidades de bienes de edificios de vivienda colectiva sitos en Tres Cantos.
• (Para edificios de vivienda no colectivos si estos se encuentran ubicados en el caso urbano de Tres Cantos)
• Para línea2, los interesados deberán contar con discapacidad reconocida ≥ 65%
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Línea 1: Instalación de elementos técnicos y/o mecánicos tales como plataformas elevadoras, sillas salva-escaleras, construcción de rampas y otras soluciones para salvar desniveles o barreras arquitectónicas similares.
Video porteros adaptados u otros dispositivos mecánicos para mejorar la accesibilidad y suprimir de barreras de comunicación en el acceso de edificios.
• Línea 2: Sustitución de bañeras por plato de ducha
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
La cuantía de ayuda será del 80% (IVA excluido) con un máximo de 7.000 € por solicitante
El crédito presupuestario asciende a 50.000 €.
40.000 € para línea 1
10.000 € para línea 2
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva (con baremación)
Las subvenciones no son compatibles por otras de la Comunidad de Madrid para el mismo objeto.
Son compatibles con cualquier ayuda de otra Administración, así como financiación cualificada en los Plantes Estatal sede vivienda y Rehabilitación
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Las actuaciones deberán haberse iniciado con posterioridad a 1 de septiembre de 2024
Las actuaciones deberán estar finalizadas antes del 31 de marzo de 2026
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 31 de marzo de 2026
Apertura de presentación de solicitudes el 07/03/2026 y cierre del plazo el 20/03/2026
La presentación se realizará de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos (sede.trescantos.es), seleccionando “Ayudas Accesibilidad” en el apartado “Ayudas y subvenciones”.
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Convocatoria: ENLACE
Bases Reguladoras: BB.RR.
Solicitud: Enlace a solicitud
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Getafe: Mejora de la eficiencia energética de comercios y hostelería

El Ayuntamiento de Getafe convoca ayudas para la digitalización del comercio y adecuación al reglamento Verifactu, mejorar de la eficiencia energética de locales comerciales y hosteleros de Getafe y acciones de mejora en galerías comerciales para el mantenimiento de la actividad económica y la transición.
Ayuntamiento de Getafe. Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de Getafe Iniciativas.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
- Personas trabajadoras por cuenta propia
- Micro pymes
- Para las Galería Comerciales estar legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente
Además, deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos
- Tener domicilio fiscal en Getafe o actividad desarrollada en Getafe por al menos 3 años.
- Superficie de local destinado a uso o mayor de 200 m2
- Corriente pago de obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y ayuntamiento de Getafe
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Para comercio y Hostelería:
- Adecuación al Reglamento Verifactu
- Adaptación y/o adquisición de terminales de puntos de venta con software homologado
- Mejora de la iluminación
- Sustitución de luminarias, pantallas… convencionales por iluminación LED
- Mejora de equipos de climatización, refrigeración, congeladores…
- Renovación de equipos por otras con calificación mínima A+ o equivalente
- Otros elementos para la mejora Energética.
- Incorporación de elementos para la mejorar, centro y gestión de energía
- Vinilos térmicos en superficies acristaladas en fachada
- Temporizaciones, sensores de iluminación, instalación de grifería con ahorro de agua…
- Automatización cierre puertas
- Sustitución de ventanas escaparates
- Mejoras de aislamiento térmico de cerramientos
- Incorporación de fuentes de energías renovables
Para Galerías comerciales:
- Instalaciones fotovoltaicas, iluminación equipos de climatización ….
- Mejora de la accesibilidad y adaptación a personas con discapacidades.
- Mejora la conectividad en todos los puesto que implanten telepago, pago digital…
- Paneles informativos digitales
- Mejora de la estética que supongan homogenización de una misma galería
- Adaptación a normativa vigentes de sus instalaciones generales
- Gastos de redacción de proyecto y honorarios y otros gastos previos necesarios
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Hasta un máximo de 2.750,00 € por establecimiento.
Si el establecimiento forma parte del programa ECO-COMERIOC/ ECO-HOSTELERÍA ayuda complementaria de 150,00 €
Galerías Comerciales: 50% de los proyectos hasta un máximo de 10.000,00€ por proyecto y Galería.
Hasta agotar fondos.
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, por fecha y hora de entrada de la solicitud.
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el coste de la actuación
Presupuesto total destinado
La dotación presupuestaria es de 70.000,00 €
¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?
Se considerarán realizadas en el momento de la solicitud.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 30 junio de 2026 a las 23:59h desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de Getafe Iniciativas.
Apertura de presentación de solicitudes el 29/01/2026 y cierre del plazo el 30/06/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Bases reguladoras:https://empresas.getafeiniciativas.es/actualidad/convocatoria-de-ayudas-publicas/bases-reguladoras-para-la-concesion-de-ayudas-para-la-digitalizacion-del-comercio-y-adecuacion-al-reglamento-verifactu-mejora-de-la-eficiencia-energetica-de-locales-comerciales-y-hosteleros-de-getafe-y-acciones-de-mejora-en-galerias-comerciales-para-el/bases-reguladoras-ayudas-a-la-digitalizacion-y-eficiencia-energetica-del-comercio.pdf
Acceso al trámite: https://getafeiniciativas.sedelectronica.es/info.3
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Alcorcón: Instalaciones de fotovoltaica, sustitución de climatización y ACS por aerotermia y compra vehículo eléctrico

El Ayuntamiento de Alcorcón convoca ayudas a instalaciones de fotovoltaica y sustitución de climatización y ACS por aerotermia en edificios de uso residencial y de equipamiento dotacional y/o deportivo; instalaciones de fotovoltaica de comunidades energéticas locales y compra de vehículo eléctrico para personas físicas, autónomos y microempresas con domicilio social en el municipio de Alcorcón.
Ayuntamiento de Alcorcón. Convocatoria publicada en el BOCM nº 49 (27/02/2026)
Apertura de presentación de solicitudes el 28/02/2026 y cierre del plazo el 31/07/2026
¿Quién puede solicitar la ayuda?
• Personas físicas empadronadas en el municipio de Alcorcón
• Autónomos o personas jurídicas que actúen como microempresas cuya actividad económica esté dada de alta en el municipio de Alcorcón
Dependiendo del tipo de ayuda a solicitar se pedirá otros condicionantes específicos para cada tipo de beneficiario.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Implantación de instalaciones fotovoltaicas en edificios de uso residencial y equipamiento dotacional y/o deportivo que permita un ahorro en la factura energética.
• Implantación de instalaciones fotovoltaicas de comunidades energéticas locales legalmente constituidas.
• Sustitución de equipos convencionales de combustión por otros de aerotermia para la climatización y ACS
• Adquisición de vehículo eléctricos.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Dependiendo del tipo de actuación según Anexo I de la convocatoria:
|
Tipo actuación |
% Ayudas sobre coste |
Cuantía máxima (€) |
|
Fotovoltaica en edificio residencial |
30-35 |
Según tipología vivienda/edificio y potencia |
|
Fotovoltaica en edificio equipamiento dotacional y/o deportivo |
30-35 |
Según potencia instalada |
|
Fotovoltaica en Comunidades energéticas |
40-45 |
Según potencia instalada |
|
Sustitución instalaciones climatización por aerotermia |
40 |
Según potencia instalada |
|
Adquisición vehículos eléctricos |
20-30 (con o sin achatarramiento) |
Según categoría vehículo, tipo beneficiario y compra |
|
Adquisición vehículos dos ruedas eléctricos |
30-50-80 (según costo) |
400 Bicicletas 100 Patinetes |
Hasta agotar fondos.
Concesión de ayudas en régimen de pública concurrencia, por orden de registro.
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el coste de la actuación
Presupuesto total destinado
La dotación presupuestaria es de 500.000,00 €
¿Cuál es el plazo para ejecutar las actuaciones?
Las instalaciones deben estar finalizadas entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 julio de 2026
¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?
Tres meses (hasta el 31 octubre de 2026)
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 31 julio de 2026 desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Apertura de presentación de solicitudes el 28/02/2026 y cierre del plazo el 31/07/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Boletín de la Comunidad de Madrid: https://www.bocm.es/bocm-20260227-45
Bases reguladoras: https://www.pap.hacienda.gob.
Actualidad
Aislamiento Térmico en Rehabilitación

Más de la mitad de las viviendas en España fueron construidas antes de 1980, con un uso mínimo o inexistente de aislamiento térmico, teniendo consecuencias claras en nuestros días: facturas más altas, menor confort interior, corrientes indeseadas, condensaciones superficiales que pueden derivar en patologías como el moho, mayor gasto energético y peores resultados en eficiencia y emisiones. En este escenario hay una pregunta clave ¿Qué medidas se pueden adoptar para reducir el consumo energético de las viviendas? Y la respuesta es inmediata, la rehabilitación mediante aislamiento térmico es la primera iniciativa aconsejable para rehabilitar energéticamente un edificio.
El aislamiento térmico es un material utilizado en construcción con la capacidad de oponerse en mayor o menor medida al paso del calor a través de paredes, techos o suelos, evitando pérdidas de calor cuando el clima externo es frío, y ganancias de calor cuando el exterior alcanza altas temperaturas.
Aislamiento por el interior: técnicas y criterios de aplicación
El aislamiento térmico por el interior es una solución frecuente en edificios donde no es posible actuar en la fachada exterior, ya sea por motivos de protección urbanísticas, criterios estéticos o por motivos de propiedad. En fachadas, las técnicas más empleadas incluyen la instalación de paneles aislantes con trasdosado de cartón-yeso o sistemas autoportantes, que permiten mejorar notablemente el comportamiento térmico sin modificar la apariencia del edificio.
En cubiertas y techos, se suelen aplicar mantas aislantes o paneles rígidos por la cara interior, mientras que en suelos se recurre a soluciones como placas de alta densidad o paneles con sistemas de recrecido ligero. Entre las principales ventajas del aislamiento interior destacan su facilidad de ejecución y un coste inicial, generalmente menor. Sin embargo, presenta limitaciones: reduce ligeramente la superficie útil, puede generar puentes térmicos si no se ejecuta correctamente y requiere especial atención en zonas críticas.
La elección del sistema más adecuado depende en gran medida del tipo de edificio, el estado de la envolvente y las necesidades de uso. En edificios antiguos, por ejemplo, es fundamental garantizar la permeabilidad adecuada al vapor para evitar condensaciones intersticiales.
Aislamiento por el exterior: beneficios y buenas prácticas
El aislamiento por el exterior es, en muchos casos, la solución más eficaz para mejorar el comportamiento térmico sin comprometer habitabilidad ni espacio interior. En fachadas, los sistemas más extendidos son el SATE (Sistema de Aislamiento Térmico por el Exterior) y las fachadas ventiladas, ambos capaces de eliminar puentes térmicos y ofrecer un acabado renovado al edificio.
En cubiertas, las soluciones por el exterior incluyen paneles rígidos de alta resistencia, aplicaciones sobre cubierta inclinada o sistemas de impermeabilización con aislamiento integrado. Para suelos y muros de sótano se emplean paneles aislantes resistentes a la humedad y al contacto con el terreno.
Estas técnicas aportan múltiples beneficios: mejoran la inercia térmica interior, optimizan la continuidad del aislamiento y permiten rehabilitar estéticamente la envolvente. Como inconvenientes, requieren una intervención más compleja y una inversión inicial superior. Para lograr resultados óptimos, es imprescindible coordinar el diseño con el conjunto de la envolvente, asegurar la correcta integración de carpinterías y eliminar puentes térmicos en zonas críticas.
¿Qué beneficios aporta una rehabilitación energética a través del aislamiento térmico?
• Disminución del gasto energético: Un correcto aislamiento térmico impide que el calor se pierda hacia el exterior, reduciendo notablemente las fugas a través de fachadas, cubiertas y suelos. Aunque se disponga de sistemas de calefacción o climatización muy eficientes, si la vivienda no está bien aislada será necesario un mayor consumo energético para alcanzar temperaturas de confort entre 19 °C y 21 °C.
• Menor impacto medioambiental: El uso eficiente de la energía contribuye a disminuir las emisiones de CO₂ y reduce los efectos negativos derivados del consumo excesivo de electricidad y combustibles fósiles sobre el entorno.
• Mayor bienestar en el interior: Mantener una temperatura estable y agradable dentro de la vivienda es clave para garantizar el confort y la calidad de vida de sus ocupantes.
• Reducción de condensaciones superficiales: Los puentes térmicos favorecen la aparición de puntos fríos en el interior de los elementos constructivos, lo que incrementa la probabilidad de condensaciones en la superficie interior debido al mayor flujo térmico en esas áreas.
• Prevención del moho: La presencia de condensaciones superficiales puede generar problemas de salud, ya que facilitan el desarrollo de moho, especialmente cuando la humedad relativa se mantiene por encima del 80 % durante varios días consecutivos.
• Prevención de puentes térmicos: Un buen aislamiento evita zonas del cerramiento donde el calor se transmite con mayor facilidad debido a discontinuidades en el espesor o a cambios de materiales, como ocurre en forjados, pilares, perímetros de ventanas, soleras, cajones de persianas, entre otros.
• Aumento del valor del inmueble: Todas estas mejoras suponen un argumento favorable para incrementar la valoración de la vivienda en el mercado.
Por tanto, un edificio bien aislado consume menos energía pues conserva mejor la temperatura interior y recordemos que el aislamiento no se ve, pero se nota.
Para más información complementaria sobre aislamiento térmico puede consultar la siguiente página web del Observatorio de la Edificación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid – Temas: Aislamiento Térmcio
Escrito por Elena Fernández Colinas, Asesora Técnica Oficina Rehabilitación. Colegio de Aparejadores de Madrid.
AYUDA Y SUBVENCIONES
Ámbito: Estatal
| AYUDA | BENEFICIARIOS | DESCRIPCIÓN | PLAZO | SOLICITUDES |
| MITECO-IEDAE: Redes calor y frío |
Personas jurídicas públicas o privadas. |
Nueva central de generación y nueva red de distribución que utilicen fuentes de energía renovable. |
Del 20/01/2026 al 27/02/2026 | POR EL INTERESADO. RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA SEGÚN CRITERIOS VALORACIÓN CONVOCATORIA. |
| MITECO-IEDAE: Instalaciones renovables innovadoras (MITECO-IDEA) |
Personas jurídicas públicas o privadas, agrupaciones de las anteriores, CC.PP. | - Instalaciones agivoltaicas - Instalaciones fotovoltaicas flotantes - Integración de renovables en infraestructuras - Proyectos de autoconsumo colectivo - Instalaciones de bombas de calor renovables |
Del 14/01/2026 al 19/02/2026 | POR EL INTERESADO. RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA SEGÚN CRITERIOS VALORACIÓN CONVOCATORIA. |
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Torrejón de Ardoz: Adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día 2026

Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Convocatoria publicada en el BOCM nº 36 (12/02/2026)
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz convoca subvenciones para la realización de actuaciones vinculadas al programa municipal “mejoramos tu entorno. mejoramos tu bienestar”, para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día. Estas ayudas están dirigidas a la realización de actuaciones de adaptación de las viviendas ubicadas en la ciudad de Torrejón de Ardoz, donde residan de manera habitual y permanente usuarios de centro de día para la mejora su autonomía, con el fin de facilitar la movilidad interior, aumentar la seguridad doméstica y eficiencia energética.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser beneficiarios aquellos que cumplan los siguientes requisitos:
- Personas físicas con residencia habitual en Torrejón de Ardoz, en la vivienda objeto de subvención y empadronada al menos con una antelación de tres meses a la solicitud o a la fecha de facturas de las actuaciones
- Usuario de centro de días de proximidad.
- Propietario, arrendatario, usufructuario o cualquier título jurídico análogo o formar parte de la unidad familiar de quien posea la tenencia de la vivienda
¿Qué actuaciones se subvencionan?
- Instalación de placas solares y acumuladores de energía
- Rampas de acceso, plataformas elevadoras, salva-escaleras u otros dispositivos de mejora de accesibilidad.
- Instalación de barras abatibles, asideros de apoyo, regulación de altura de sanitarios, grúas, camillas con regulación eléctrica, adaptación de baños, y otras instalaciones de elementos u obras que favorezcan la accesibilidad y autonomía interior de la vivienda.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
- 79% del coste de la actuación (no se subvenciona el IVA), hasta un máximo de 13.000,00 € por solicitud.
- Hasta agotar fondos.
- Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva
- Las subvenciones son compatibles con cualquier otra para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el coste de la actuación
- Se podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste, evitando la doble financiación entre programas.
- En caso de ser concesionario de otras convocatorias de “mejoramos tu entorno, mejoramos tu bienestar”, la cuantía a conceder no superará 15.000 € con la suma de todas ella.
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Desde el 1/01/2026 hasta el 15/05/2026
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 17 de abril de 2026.
Apertura de presentación de solicitudes el 13/02//2026 y cierre del plazo el 17/04/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Boletín de la Comunidad de Madrid https://www.bocm.es/bocm-20260212-73
Actualidad
Publicado el Real Decreto Ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan las deducciones fiscales en el IRPF por obras de mejora energética en viviendas.

El pasado 23 de diciembre se publicó en el BOE el RDL 16/2025, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.
Prórroga de las deducciones fiscales en el IRPF por obras de mejora energética en viviendas hasta el 31 de diciembre de 2026
En su Disposición adicional quincuagésima se incluye la prórroga de las deducciones fiscales en el IRPF por obras de mejora energética en viviendas hasta el 31 de diciembre de 2026 en el caso de viviendas y hasta el mismo día de 2027 en el caso de edificios:
- Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual con un máximo de 5.000€ por vivienda.
- Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética hasta una A o B en vivienda habitual con un máximo de 7.500€ por vivienda.
- Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética hasta una A o B en edificios residenciales con un máximo de 15.000€ por vivienda.
Para ampliar la información al respecto puede acceder a la citada norma a través del siguiente enlace.
La no convalidación del "decreto ómnibus" en el Congreso de los Diputados ha provocado la anulación de la prórroga de los incentivos fiscales para la rehabilitación energética de viviendas y edificios residenciales.
Estas deducciones, que formaban parte del Real Decreto-ley 16/2025 aprobado el pasado 23 de diciembre, han quedado sin validez legal tras el rechazo parlamentario.
Actualidad
2ª Convocatoria Ayudas Miteco a través del IDAE de Incentivos a Proyectos de redes de calor y frío

Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
Convocatoria publicada en el BOE nº 308 (23/12/2025)
El IDAE convoca subvenciones para programa de incentivos de proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable (RENORED), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser beneficiarios:
Personas jurídicas públicas o privadas.
Para el Programa de incentivos 1 deberán realiza alguna actividad económica que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
Para el Programa de incentivos 2 no deberán realiza alguna actividad económica que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Tipología 1 (T1): Nueva central de generación y nueva red de distribución que utilicen fuentes de energía renovable.
Tipología 2 (T2): Ampliación o sustitución de central de generación existente que aporte calor y/o frío a redes de distribución existente
Tipología 3 (T3): Ampliación de una red de distribución existente que aporte calor y/o frío con sus conexiones para llegar a nuevos centros de consumo
Requisitos principales:
La inversión mínima por proyecto será de 450.000 €
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Ayudas adicionales:
Proyectos ubicados en zonas de reto demográfico 5%
Para Mediana empresa 5%
Para Pequeña empresa: 10%
Las ayudas serán compatibles con otras ayudas concedidas por cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos nacionales o internacionales, siempre y cuando no cubran los mismos costes y el importe de la ayuda o subvención, no supere el coste del proyecto
Presupuesto total destinado
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva.
Apertura de presentación de solicitudes el 21/01/2026, cierre del plazo el 27/02/2026 a las 13:00h (Hora peninsular)
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Página web del IDAE: Incentivos a proyectos de redes de calor y frío
Fuente: Página web del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
Actualidad
Nuevas ayudas para la modernización y dinamización de mercados municipales y galerías de Alimentación 2026

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid. Convocatoria publicada en el BOCM nº 16 (20/01/2026)
La convocatoria, tiene como finalidad la financiación de las actuaciones realizadas en los mercados municipales y en galerías de alimentación, así como en los locales en ellos integrados.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser beneficiarios:
• Titulares de concesión de mercados municipales
• Autónomos, PYMES o entidades sin ánimo de lucro que tengan la condición de usuario o titular del derecho de uso de algún local incluido en el mercado municipal
• Asociaciones de comerciantes no concesionarias que integren mayoritariamente a titulares de locales comerciales.
• Personas físicas o jurídicas con condición de PYME, asociaciones de comerciantes, CCPP o CCBB titulares de galerías de alimentación
• Personas físicas o jurídicas con condición de PYME que ejerzan la actividad en locales incluidos en una galería de de alimentación
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Actuaciones para la modernización y dinamización de las galerías de alimentación y sus locales:
• Gastos de inversión
• Gastos corrientes.
Tales como:
• Obras de construcción, reforma integral, modernización o acondicionamiento de las estructuras comerciales
• Mejora de la accesibilidad, sistemas de protección contra incendios e instalación eléctrica y puntos de recarga
• Sustitución de cubiertas realizados con materiales fuera de normativa
• Adquisición e instalación de equipos de frío industrial, mostradores y vitrinas
• Inversión destinados al desarrollo de la economía circular y posibilitar el consumo más eficiente y reducción de impacto medioambiental
• Prestación de servicio de wi-fi.
• Instalación de placas solares fotovoltaicas, envolventes biosolares
• Sustitución instalaciones de climatización con gases fluorados de gases invernadero
• Adaptación de los locales y galerías para la atención personalizada al mayor y personas con necesidades especiales
• Otras actuaciones según convocatoria
La inversión mínima subvencionables será de 2.000 € en el caso de locales y de 3.000 € para mercados y galerías de alimentación.
El plazo de ejecución será del 1 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2026
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Según tipo y características del beneficiarios y actuación a realizar la cuantía de ayuda será desde un 30% hasta el 70% del gasto
Con un importe máximo de ayuda de 10.000 € / 20.000 € / Sin límite máximo, para una misma persona o entidad beneficiaria según tipo beneficiario
La concesión será por concurrencia competitiva (con baremación)
Las subvenciones son compatibles con cualquier otra para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el coste de la actuación
Presupuesto total destinado
La dotación presupuestaria es de 6.170.000 €
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Apertura de presentación de solicitudes el 21/01/2026 cierre del plazo el 09/02/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria y tramitar su solicitud:
Página web del Ayuntamiento de Madrid: Modernización y dinamización de mercados y galerías de alimentación 2026
Actualidad
Ayudas Ayuntamiento Las Rozas: Prestaciones económicas para adaptación de vivienda habitual y productos de apoyo

Ayuntamiento de Las Rozas. Convocatoria publicada en el BOCM nº 11 (14/01/2026)
El Ayuntamiento de Las Rozas convoca subvención para la adaptación de viviendas para mejorar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad, así como ofrecer equipamientos y productos de apoyo para la autonomía personal
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser destinatarios de las ayudas aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:
• Estar empadronadas en el municipio de Las Rozas con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
• No superar el tope de Renta Mensual Per Cápita de 720,01 €
• No superar el tope patrimonial de la unidad de convivencia de 26.554,68€
• Alcanzar un mínimo de 6 puntos según los criterios de baremación
• Tener reconocida al menos una de las siguientes situaciones:
o Grado de discapacidad ≥ 33%
o Grado de dependencia de la Comunidad de Madrid
o Situación de dependencia o discapacidad sin grado, que afecte a la realización de Actividades Básicas de la Vida diaria, movilidad, cuidados de otra persona, necesidad de ayuda a domicilio o problemática social o de riesgo, mediante informe médico o de los servicios sociales municipales
¿Qué actuaciones se subvencionan?
• Reformas de la vivienda habitual para mejorar la accesibilidad mediante la eliminación de barreras arquitectónicas, movilidad interior y eficiencia energética.
• Instalación equipamientos domiciliarios que favorezcan la promoción de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad en situaciones de dificultad socioeconómica, discapacidad, enfermedad o riesgo de exclusión social y la prestación de apoyos que posibiliten viviendas conectadas mediante medios tecnológicos, sistemas de conectividad y domótica
Las actuaciones concretas se pueden encontrar en las bases reguladoras
Serán subvencionables los gastos realizados entre el 20 de marzo de 2025 y el 20 marzo del 2026
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Máximo el 90% del coste total, con un máximo de 3.121 € anuales por beneficiario o unidad de convivencia, hasta agotar los fondos.
El crédito presupuestario asciende a 50.000 €.
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva (con baremación)
Las subvenciones son incompatibles con cualquier ayuda de otra Administración u organismo público para la misma finalidad ni con el disfrute gratuito de servicios que cubran las mismas necesidades.
¿Cuál es el plazo para ejecución de las actuaciones?
Serán subvnecionables los gastos realizados entre el 20 de marzo de 2025 y el 20 marzo del 2026
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 20 de marzo de 2026
Apertura de presentación de solicitudes el 15/01/2026 y cierre del plazo el 20/03/2026
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Convocatoria
Bases Reguladoras
Solicitud
Actualidad
2ª Convocatoria Ayudas Miteco a través del IDAE para Instalaciones renovables innovadoras

Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). Convocatoria publicada en el BOE nº 308 (23/12/2025).
El IDAE convoca subvenciones para programa de incentivos de proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (energías renovables innovadoras).
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden ser beneficiarios:
- Personas jurídicas públicas o privadas
- Agrupaciones de las anteriores
- Comunidades de propietarios
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Dependiendo de los diferentes barrios:
- Programa 1: Proyectos de instalación de fotovoltaicas así como el almacenamiento asociado vinculadas a instalaciones agrícolas (Agrivoltaicas)
- Programa 2: Proyecto de instalaciones fotovoltaicas flotantes
- Programa 3: Proyectos de integración de renovables en infraestructuras
- Programa 4: Proyectos de autoconsumo colectivo
- Programa 5: Proyectos de Instalaciones de bombas de calor renovables
Requisitos principales:
- Programa 1: Se deberá compatibilizar la producción agrícola y la producción fotovoltaicas en el mismo espacio. Las instalaciones fotovoltaicas deberán ser airadas o conectadas a la red con una capacidad de generación serios a 200kWp, pudiéndose agrupar proyectos individuales superiores a 15 kWp cada uno de ellos
- Programa 2: Las instalaciones fotovoltaicas deberán ser airadas o conectadas a la red con una capacidad de generación igual o superior a 500kWp, pudiéndose agrupar proyectos individuales de un mismo beneficiario superiores a 15 kWp cada uno de ellos
- Programa 3: Podrán ser instalaciones fotovoltaicas, eólicas e hidroeléctricas con potencia igual o superior a 200 kWp en aeropuertos, puertos, vías ferroviarias, carreteras…. pudiéndose agrupar proyectos individuales de un mismo beneficiario superiores a 15 kWp cada uno de ellos
- Programa 4: Podrán ser instalaciones fotovoltaicas o eólicas con potencia igual o superior a 100 kWp y al menos un 10% de energía generada destinada a consumidores pudiéndose agrupar proyectos individuales de un mismo beneficiario superiores a 15 kWp cada uno de ellos
- Programa 5: Instalaciones de bombas de potencia mínima de 500 kW pudiendo ser proyecto agrupados. En el caso de Comunidades de propietarios la potencia mínima podrá ser de 70 kW
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
La cuantía de la ayuda viene establecida según los módulos de ayuda definidos en el anexo II de las bases reguladoras en función del programa de ayuda
La cuantía de la ayuda total se calculará a partir del módulo de ayuda solicitado por tecnología y programa, que siempre deberá ser igual o menor al propuesto en el anexo.
Las ayudas serán compatibles con otras ayudas concedidas por cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos nacionales, siempre y cuando el importe de la ayuda o subvención, no supere el coste del proyecto
Las ayudas serán incompatibles con otras ayudas concedidas por la Unión Europea para la misma finalidad.
Presupuesto total destinado
| Programa 1 | 75 millones (€) |
| Programa 2 | 17 millones (€) |
| Programa 3 | 40 millones (€) |
| Programa 4 | 40,5 millones (€) |
| Programa 5 | 40 millones (€) |
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva.
Apertura de presentación de solicitudes el 14/01/2026 a las 12:00h cierre del plazo el 19/02/2026 a las 12:00h (Hora peninsular)
Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Página web del IDAE: Programa Energías Renovables innovadoras