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Nuevas versiones de los programas de certificación energética y cambio en los registros

13/10/2026
Nuevas versiones de los programas de certificación energética

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 390/2021, se llevó a cabo la actualización de diversos Documentos Reconocidos asociados al procedimiento para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Los nuevos documentos entraron en vigor el 30 de septiembre de 2026.

Ya no es posible registrar los Certificados de Eficiencia Energética (CEE) elaborados con las versiones anteriores. 

Desde el 30 de septiembre de 2026, los Registros de las Comunidades Autónomas solo admiten certificados de eficiencia energética (CEE) que utilicen las versiones actualizadas de los programas oficiales reconocidos por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, adaptadas al Real Decreto 390/2021, salvo la excepción normativamente prevista siguiente.

Si el CEE de proyecto se calculó con una versión anterior que era la oficial en su momento, el CEE de edificio terminado se puede registrar utilizando esa misma versión, garantizando así la coherencia entre lo proyectado y lo construido sin penalizar los cambios de software de última hora.

 

Aplicación  del nuevo procedimiento.


Por tanto, salvo la excepción indicada, ya no es posible registrar los Certificados de Eficiencia Energética (CEE) elaborados con las versiones anteriores. 

Aunque la normativa general otorgue un plazo de un mes para tramitar el registro desde la fecha de emisión del informe, la entrada en vigor de los nuevos modelos oficiales, las nuevas etiquetas y la estructura de intercambio electrónico de datos (formato XML v3.0) invalida por completo el formato antiguo para cualquier trámite telemático que se inicie a partir de esa fecha.

Por tanto, desde el 30 de septiembre de 2026, los Registros Autonómicos de toda España aplican de forma estricta la normativa del Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO). Esta actualización obliga a que cualquier nuevo registro se realice utilizando únicamente las últimas versiones oficiales de los Documentos Reconocidos (como CE3X, HULC, CYPETHERM HE Plus, Teckton 3D TL-CEEP, SG SAVE o CERMA), las cuales incorporan las modificaciones normativas vigentes. 


A continuación, se detallan los aspectos clave que debes tener en cuenta ante esta restricción:

1. El archivo XML ya no se puede subir
Los sistemas de registro telemático de las Comunidades Autónomas validan automáticamente el archivo .xml del certificado. Si detectan que el archivo fue generado con un programa obsoleto, la plataforma bloqueará el trámite e impedirá la emisión de la etiqueta energética oficial.

2. Plazos estrictos tras la firma del técnico
Recuerda que, por ley (según el Real Decreto 390/2021), existe un plazo máximo general de 1 mes desde la fecha de emisión del técnico para presentar el certificado ante el registro público. Si dejas pasar el plazo y el programa informático se actualiza oficialmente en ese intervalo, el archivo antiguo quedará invalidado y no se podrá inscribir.

3. ¿Qué ocurre con los CEE antiguos que ya estaban registrados?
•    Siguen siendo válidos: Los certificados que se registraron correctamente en su momento utilizando las versiones anteriores de los programas mantienen su vigencia.
•    Duración: Tienen una validez total de 10 años desde su fecha de inscripción (a excepción de aquellos con una calificación energética G, cuya validez se reduce a 5 años). No es obligatorio actualizarlos antes de que caduquen a menos que realices reformas importantes en el inmueble.

4. ¿Qué debes hacer, como propietario, si tienes un certificado antiguo sin registrar?
Deberás contactar de nuevo con un técnico certificador competente. El profesional tendrá que volcar los datos del inmueble en la versión de software actualizada, recalcular el comportamiento energético bajo los criterios vigentes, firmar el nuevo documento y proceder a su inscripción telemática inmediata.

5. ¿Qué debes hacer, como técnico, si tienes un CEE pendiente de registro hecho con la versión antigua?
1.    Actualizar el programa: Asegúrate de tener instalada la versión vigente desde el 30 de septiembre (por ejemplo, CE3X V3.2).
2.    Reimportar el archivo: Abre el archivo antiguo en la nueva versión del software. El programa adaptará los datos y permitirá verificar que la envolvente, las instalaciones y las propuestas de mejora se ajustan a las nuevas exigencias técnicas.
3.    Generar el nuevo XML: Vuelve a calcular la calificación para obtener el informe electrónico y el archivo XML en la versión compatible con la plataforma de registro de la Comunidad Autónoma.


¿Dónde dirigirte si tienes problemas con la nueva versión CE3x?       
                                          
Las consultas de carácter general y administrativa podrán dirigirse al siguiente correo electrónico: informacionma@miteco.es y teléfono 915976577 y 78.

SOPORTE: Para resolver las incidencias en las aplicaciones disponibles en la sede electrónica, se puede dirigir al servicio de sede electrónica: bzn-sede@miteco.es o bzn-apps-see@miteco.es, para el ámbito de la Secretaría de Estado de Energía.

CE3X. Las consultas sobre esta herramienta se canalizan a través de ciudadano@idae.es

REGISTRO Comunidad de Madrid.  Las consultas sobre el registro en la Comunidad de Madrid se deberán dirigir a descarbonizacion@madrid.org Telf. 91435128 y 616916542

JAVA. Si instalando su última versión presenta problemas, dirigirse a SICER de IDEA para trasladarlo, tlf 913146673 y whatsapp 910789894


TIPs 

Plazos.
-    El CEE deberá elaborarse en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de la visita.
-    El registro del CEE deberá realizarse en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de elaboración del Certificado.

Registro.
-    Para el registro del CEE deberás estar dado de alta en el Registro de Certificadores, con fecha anterior a la visita del inmueble. Para ello debes presentar una declaración responsable previa en la que se indique que se cumplen todos los requisitos exigidos.

CE3X

En CEE de edificios completos;
-    Referencia catastral del edificio, añadir al final 4 ceros “0000”.
-    Completar la información añadiendo las referencias catastrales de cada vivienda.

Puentes Térmicos. Para su correcta definición y dimensionado (longitud) se recomienda leer el manual del usuario del programa y el manual de fundamentos técnicos, descargable en la pestaña Ayuda del software. 

Medidas de Mejora. En la última actualización el técnico deberá definir y evaluar las medidas de mejora. Estas se integrarán automáticamente en el Anexo III del propio Certificado de Eficiencia Energética. 
Recordad incluir las recomendaciones de uso para el usuario al generar el documento desde el programa.
Se recomienda leer el manual de medidas de mejora descargable en la pestaña Ayuda del software.

En el siguiente vídeo puedes ampliar información impartida por Efinovatic, en donde se explican las nuevas características de la versión 3.2 del CE3x y los errores corregidos de la versión 3.1:

 

Para más información puedes consultar la Nota Informativa Publicada y Procedimiento para la Certificación de Edificios establecido por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y Registros de Comunidad de Madrid    
13/10/2026
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